PROCEDIMIENTO PARA LEGALIZAR DOCUMENTOS ACADÉMICOS EXTRANJEROS

Descripción

Procesar la solicitud de legalización de documentos de estudios realizados en el extranjero de ciudadanos dominicanos y de otros países, bajo el marco de la Ley 716 del 9 de octubre de 1944 y el "Convenio para suprimir la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros" adoptado en La Haya, Holanda el 5 de octubre del 1961, el cual entró en vigencia para la República Dominicana a partir del 30 de agosto del 2009.


Certificaciones que se emiten:

  1. Record de Calificaciones, firmado por la autoridad máxima de la institución
  2. Título o Diploma, firmado por la autoridad máxima de la institución
  3. Certificación de Título, firmado por la autoridad máxima de la institución

Para los países que no estén suscritos al Convenio de la Haya estos deben presentar las legalizaciones del:

  • Ministerio de Educación en el país de procedencia
  • Ministerio de Relaciones Exteriores en el país de procedencia
  • Consulado de la República Dominicana en el país de procedencia
  • Relaciones Exteriores en la República Dominicana, para ser apostillados

Para casos de Residencias-Especialidades Médicas las certificaciones deben cumplir con los requerimientos referidos en la Orden Departamental núm.: 01/14, por lo tanto, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Título o Diploma de la Institución de procedencia firmado por la autoridad máxima del mismo.
  • Programa o guía académica desarrollada.
  • Record de calificaciones apostillado del programa desarrollado, en caso de países que otorguen este documento.
  • Copia de Título de Grado, certificado y rubricado por la autoridad competente, en caso de estudios de Post-Grado.

Solicitaremos al usuario en caso de ser necesario:

  • Récord de Calificaciones legalizado de cada institución, donde le hayan convalidado créditos en el documento que solicite
  • Pago de traducción si está en otro idioma que no sea español
  • Pago de verificación en caso de que proceda de los Estados Unidos
  • Pago de impuesto para la legalización
  • Documento de identidad/cédula o pasaporte (copia)
  • Teléfonos/fax/correo electrónico de la institución de procedencia
  • Cualquier otro tipo de documento requerido para completar el procedimiento de su expediente

Pagos que se deben realizar. Revisar montos directamente en el Ministerio:

  • Costo por Traducción por hoja
  • Impuestos Legalización (Nacionalidad Dominicana)
  • Impuesto Legalización (Nacionalidad Extranjera)
  • Usuarios que provienen de países con acuerdos de pago, por ejemplo: Venezuela y Haití requerirán autorización del Departamento de Tesorería, para pagar como nacionales.

Tiempo de respuesta: depende de la complejidad del documento

Unidad de atención: Dirección de Control Académico/ Departamento de Documentos Académicos Extranjeros

Horario: 8:00 a.m. - 4:00 p.m.

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